Las 4 diferencias entre homicidio y asesinato

Veamos las características distintivas del asesinato y del homicidio como hechos y figuras penales.

Diferencias entre homicidio y asesinato

A menudo, tristemente, vemos por las noticias que se ha cometido un homicidio o un asesinato. Dado que ambas palabras son presentadas juntas en muchas ocasiones, es común que creamos que significan lo mismo y pensemos que se pueden usar de forma indistinta.

Ambas expresiones tienen mucho que ver, pero lo que hace que algo sea considerado un homicidio o un asesinato varían mucho, además de que también implica unas consecuencias legales diferentes.

A continuación vamos a ver las diferencias entre homicidio y asesinato, explicando un poco cómo son castigados estos dos delitos en el Código Penal español.

¿Cuáles son las diferencias entre homicidio y asesinato?

En muchas ocasiones oímos las palabras homicidio y asesinato, pensando en muchas ocasiones que son sinónimas, puesto que se relacionan con un mismo acto que es el de haber quitado la vida a otra persona.

Realmente, sí que podemos decir que ambas están relacionadas y, de hecho, todos los asesinatos son homicidios, pero no todos los homicidios son asesinatos. La diferencia entre ambas palabras está en las circunstancias y la premeditación que pudiera haber a la hora de cometer el acto.

¿Qué es un homicidio?

Legalmente, un acto es considerado solamente un homicidio en caso de que no haya premeditación. Puede que haya habido o no intencionalidad, pero ésta ha aparecido en el momento de cometerse el acto, es decir, no se había planeado matar a la otra persona con anterioridad sino que, a causa de una disputa, un accidente o simplemente por un fallo de seguridad una persona ha matado a otra.

En el Código Penal español, el homicidio aparece regulado en el artículo 138, siendo de el primero de los delitos tipificados.

En caso de que el homicidio se haya hecho con intencionalidad hablamos de un homicidio doloso, como puede ser una pelea doméstica en el que el homicida apuñala a su pareja o un atraco armado en el que el ladrón ha herido mortalmente a su víctima. En cambio, si la muerte de alguien se ha cometido como consecuencia de una imprudencia, accidente humano o error, hablamos de homicidio involuntario o culposo y serían ejemplos de este caso la muerte de un paciente por negligencia médica, un accidente ferroviario porque el conductor se despistó o un atropello.

¿Qué es un asesinato?

El asesinato se considera una forma más grave de perpetrar un homicidio dadas las circunstancias en las que se lleva a cabo.

En el caso español, el asesinato está regulado en el artículo 139 del Código Penal, contemplándose tres supuestos que justifican la agravación de la pena y la distinción.

1. Alevosía

Se considera que existe alevosía cuando se comete el delito empleado una forma o medio destinado a evitar que la víctima pueda defenderse. Se consideran como alevosas las expresiones de nocturnidad, esto es, cometer el delito por la noche aprovechándose de que la víctima está dormida (personas durmientes), o descampado, que consiste en llevarse a la víctima a un lugar donde no pueda pedir auxilio y que el atacante pueda beneficiarse de ello.

También se plantea dentro de la alevosía la idea de personas indefensas, como por ejemplo niños recién nacidos, ancianos desvalidos, personas con discapacidad…

Cuando se mata a este tipo de personas el homicidio suele clasificarse como asesinato en muchos casos, puesto que se entiende que el autor se aprovechó de la indefensión de su víctima. Cabe decir, igualmente, que hay quienes considerarían que sería un caso de homicidio doloso, valorándose la posibilidad de que haya habido o no premeditación.

2. Ensañamiento

El ensañamiento se da cuando se aumentó deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, provocándole un padecimiento que no es necesario para causar su fallecimiento.

Se podría considerar ensañamiento cometer el apuñalamiento de forma reiterada, siendo la última puñalada la que mala a la víctima. En cambio, no se consideraría ensañamiento en caso de que la primera puñalada haya sido la que ha causado la defunción puesto que el resto de puñaladas que se pudieran haber hecho, como la víctima ya está muerta, no sufre.

3. Concurrencia de precio, recompensa o promesa

Decimos que ha habido concurrencia de precio, recompensa o promesa cuando la persona que ha cometido el delito lo ha hecho con la intención de obtener algo a cambio, soliendo ser el móvil económico el más común.

Estos tres supuestos son los que permiten delimitar con claridad lo que es un simple homicidio, independientemente de si es voluntario o involuntario, de un asesinato.

Diferencias entre homicidio y asesinato

4. Calificación de las penas

Así pues, podemos ver en base a todo lo que hemos visto hasta aquí que la principal diferencia entre un homicidio y un asesinato es que haya habido premeditación y se cumpla como mínimo uno de los supuestos propios de un asesinato.

Las diferencias entre homicidio y asesinato se reflejan también en la calificación de las penas que se pueden recibir por haber cometido uno de estos dos delitos. Teniendo en cuenta que el homicidio “a secas” es de naturaleza menos grave que la del asesinato, resulta tener sentido ver que las penas para este primer delito son más suaves y leves, habiendo diferencias también según el tipo de homicidio.

En el contexto español, el homicidio sin premeditación lleva consigo penas cuyo máximo son 4 años en caso de que el delito se haya cometido de forma imprudente a 15 años en caso de que haya habido intencionalidad. Las penas con las que se castiga al autor del crimen varían mucho, puesto que haber quitado la vida a otra persona es un acto grave en el cual pueden haberse visto implicados muchos factores, yendo de los 1 a los 4 años en el caso de homicidio culposo y de 10 hasta 15 años en el caso del doloso.

Los asesinatos, en cambio, reciben penas mayores basándose en el hecho de que son premeditados, y por lo tanto siempre hay una intencionalidad, junto con el hecho de querer aprovecharse de las desventajas que pudiera tener la víctima (nocturnidad, descampado...). Las penas con las que se castigan los asesinatos van de los 15 hasta los 20 años de prisión, pudiéndose elevar hasta 25 años en caso de que se den dos o más supuestos de los que antes hemos mencionado.

  • Pantaleón Díaz, Marta & Nieto, Diego. (2014). El asesinato para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra: la propuesta de dos nuevas modalidades de asesinato en el Código Penal español.. Revista Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid. 29.
  • Código Penal. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.. Artículo 138 de 1995. 24 de noviembre de 1995 (España).
  • Código Penal. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.. Artículo 139 de 1995. 24 de noviembre de 1995 (España).

Graduado en Psicología con mención en Psicología Clínica por la Universidad de Barcelona. Postgrado de Actualización de Psicopatología Clínica en la UB.

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